Escriba el tema que desea buscar en este blog

lunes, 17 de febrero de 2014

EL MEDIO AMBIENTE

EL MEDIO AMBIENTE
 
Principales órganos encargados del medio ambienteGrupo Intergubernamental de Expertos sobre el Cambio Climático
Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente 

Comisión sobre el Desarrollo Sostenible

Foro de las Naciones Unidas sobre los Bosques

Foro Intergubernamental sobre los Bosques

Grupo Intergubernamental especial sobre los Bosques 
Órganos creados en virtud de tratadosConvención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático

Protocolo de Kyoto
Convenio de Viena para la protección de la capa de ozono
Protocolo de Montreal
Convenio de Basilea sobre el control de los movimientos transfronterizos de los desechos peligrosos y su eliminación
Convenio sobre la Diversidad Biológica
 
  Introducción

Aunque la Carta de las Naciones Unidas no menciona el medio ambiente o el desarrollo sostenible específicamente, el preámbulo de la Carta indica que las Naciones Unidas están resueltas "a promover el progreso social y a elevar el nivel de vida dentro de un concepto más amplio de la libertad", mientras que el Capítulo 1 declara que uno de los propósitos fundamentales de las Naciones Unidas es “realizar la cooperación internacional en la solución de problemas internacionales de carácter económico, social, cultural o humanitario, y en el desarrollo y estímulo del respeto a los derechos humanos y a las libertades fundamentales de todos, sin hacer distinción por motivos de raza, sexo, idioma o religión”.
Las Naciones Unidas consideraron los asuntos del medio ambiente por primera vez en el 45º período de sesiones del Consejo Económico y Social, el cual por medio de suresolución 1346 (XLV), de 30 de julio de 1968, recomendó que la Asamblea General convocara una conferencia de las Naciones Unidas sobre “los problemas del medio humano”.
En su 23º período de sesiones, la Asamblea General aprobó la resolución 2398 (XXIII), de 3 de diciembre de 1968, y decidió convocar una Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Humano advirtiendo la “deterioración constante y acelerada de la calidad del medio humano” y “los efectos consiguientes en la condición del hombre, su bienestar físico, mental y social, su dignidad y su disfrute de los derechos humanos básicos, tanto en los países en desarrollo como en los desarrollados", relacionando de este modo laCarta con los asuntos ambientales emergentes. La resolución también reconoció que las relaciones entre el hombre y su medio estaban experimentando profundas modificaciones como consecuencia de los progresos científicos y tecnológicos.
La Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Humano se realizó en Estocolmo del 5 al 16 de junio de 1972 y llevó a la creación del Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente (PNUMA), el principal programa de las Naciones Unidas a cargo de los asuntos del medio ambiente.
En su resolución 38/161, de 19 de diciembre de 1983, la Asamblea General acogió con beneplácito el establecimiento de una comisión especial que informara sobre "el medio ambiente y la problemática mundial hasta el año 2000 y más adelante". En 1987, la Comisión Mundial sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo (CMMAD) presentó su informe(también conocido como el "Informe Brundtland") a la Asamblea General. El informe, basado en un estudio de cuatro años, expuso el tema del desarrollo sostenible, el tipo de desarrollo que "satisface las necesidades de la generación actual sin comprometer la capacidad de las generaciones futuras para satisfacer sus propias necesidades".
De conformidad con el informe de la Comisión Mundial, la Asamblea General aprobó laresolución 44/228, de 20 de diciembre de 1988, y convocó la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo (también conocida como la "Conferencia de Río" o la "Cumbre de la Tierra "), la cual debía "elaborar estrategias y medidas para detener o invertir los efectos de la degradación del medio ambiente". La resolución identificó nueve áreas "de mayor importancia para mantener la calidad del medio ambiente de la Tierra y, sobre todo, para lograr un desarrollo sostenible y ambientalmente racional en todos los países".
La Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo (CNUMAD), desarrollada en Río de Janeiro del 3 al 14 de junio de 1992, llevó a la creación de la Comisión sobre el Desarrollo Sostenible. En la Conferencia se aprobaron tres acuerdos importantes: el Programa 21, un programa de acción mundial para promover el desarrollo sostenible; la Declaración de Río sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo, un conjunto de principios que define los derechos y deberes de los Estados, y la Declaración de principios relativos a los bosques, un conjunto de principios básicos para apoyar el manejo sostenible de los bosques a nivel mundial. Además, dos instrumentos jurídicamente vinculantes se abrieron a la firma: la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático y el Convenio sobre la Diversidad Biológica. La Cumbre de la Tierra sentó las bases para varias iniciativas importantes en otras áreas fundamentales del desarrollo sostenible, tales como la conferencia mundial sobrepequeños Estados insulares en desarrollo, y dio inicio a negociaciones para unaConvención de Lucha contra la Desertificación y un acuerdo sobre poblaciones de peces transzonales y altamente migratorios.
En sus resoluciones 47/190 y 51/181 de 1997, la Asamblea General convocó un período extraordinario de sesiones (también conocido como "Cumbre para la Tierra + 5"), para examinar y evaluar la ejecución del Programa 21. En el documento final del período de sesiones (resolución S-19/2), los Estados Miembros reconocieron que el factor tiempo era "crítico para hacer frente al reto del desarrollo sostenible tal como se enuncia en laDeclaración de Río y en el Programa 21" y se comprometieron "a seguir colaborando, de buena fe y en el espíritu de solidaridad, a acelerar la ejecución del Programa 21".
Durante su 55º período de sesiones, la Asamblea General aprobó la resolución 55/199, de 20 de diciembre de 2000, y convocó la Cumbre Mundial sobre el Desarrollo Sostenible(también conocida como "Río + 10"), un examen decenal del progreso alcanzado en la ejecución del Programa 21 desde 1992. La Cumbre Mundial se realizó en Johannesburgo del 26 de agosto al 4 de septiembre de 2002 y su informe A/Conf.199/20 (+ Corr.1) incluye una Declaración política, en la cual los Estados Miembros asumieron "la responsabilidad colectiva de promover y fortalecer, en los planos local, nacional, regional y mundial, el desarrollo económico, desarrollo social y la protección ambiental, pilares interdependientes y sinérgicos del desarrollo sostenible" y un Plan de aplicación, en el cual los Estados Miembros se comprometieron a "llevar a cabo actividades concretas y a adoptar medidas en todos los niveles para intensificar la cooperación internacional". 
  Principales órganos encargados del medio ambiente

Grupo Intergubernamental de Expertos sobre el Cambio Climático (IPCC)
Las negociaciones de las Naciones Unidas sobre el cambio climático están respaldadas por la labor del Grupo Intergubernamental de Expertos sobre el Cambio Climático (IPCC), una red mundial de 2,500 científicos y expertos líderes encargados de examinar las investigaciones científicas sobre el tema. El texto completo de los informes del Grupo está disponible en su sitio web.
Consejo de Administración del Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente (PNUMA)
El Consejo Administrativo, el órgano normativo del PNUMA, fue establecido por la resolución 2997 (XXVII) de la Asamblea General, de 15 de diciembre de 1972. El Consejo se reúne anualmente y presenta sus informes a la Asamblea General.

Comisión sobre el Desarrollo Sostenible
En su resolución 47/191, de 22 de diciembre de 1992, la Asamblea General solicitó al Consejo Económico y Social que estableciera, con carácter de comisión orgánica del Consejo, una Comisión sobre el Desarrollo Sostenible de alto nivel para velar por un seguimiento eficaz de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo (CNUMAD). Es así que, mientras la resolución 47/191 de la Asamblea General contiene el mandato de la Comisión, la Comisión fue establecida por la decisión1993/207 del Consejo Económico y Social, de 12 de febrero de 1993. La Comisión se reúne anualmente y presenta sus informes al Consejo Económico y Social.

Foro de las Naciones Unidas sobre los Bosques

El Foro de las Naciones Unidas sobre los Bosques fue establecido por la resolución 2000/35 del Consejo Económico y Social, de 18 de octubre de 2000, para "fortalecer el compromiso político con la ordenación, la conservación y el desarrollo sostenible de todos los tipos de bosques". El Foro se reúne anualmente y presenta sus informes al Consejo Económico y Social.

Foro Intergubernamental sobre los Bosques (FIB)

El Foro Intergubernamental sobre los Bosques (FIB) fue establecido por la resolución 1997/65 del Consejo Económico y Social, de 25 de julio de 1997. El Foro se reunió anualmente de 1997 a 2000 y presentó sus informes al Consejo Económico y Social.

Grupo Intergubernamental especial sobre los Bosques

El Grupo Intergubernamental especial sobre los Bosques fue establecido por la decisión1995/226 del Consejo Económico y Social, de 1º de junio de 1995. El Foro se reunió en intervalos irregulares entre 1995 y 1997, y presentó sus informes al Consejo Económico y Social.
  • Los documentos de trabajo se publicaron bajo la signatura de serie E/CN.17/IPF/-. El texto completo de los documentos está disponible en el sitio web del Foro,UNBISnet y el Sistema de Archivo de Documentos (SAD).

  • Los informes de los períodos de sesiones se publicaron bajo la signatura de serie E/CN.17/- (anteriormente E/CN.17/IPF/-) (por ejemplo, E/CN.17/1997/12). Proporcionan resúmenes sobre el trabajo realizado y contienen el texto de las resoluciones y decisiones aprobadas por el Grupo. El listado completo de estosinformes (1995-1997) está disponible en la base de datos UN-I-QUE. El texto completo de los informes se puede recuperar del sitio web del GrupoUNBISnet y el Sistema de Archivo de Documentos (SAD). 
  • Los comunicados de prensa de la Sede de las Naciones Unidas para el Grupo, publicados bajo la signatura de serie ENV/DEV/-, están disponibles por medio de la opción de búsqueda del sitio web de comunicados de prensa y cobertura de Reuniones de las Naciones Unidas.
 Órganos creados en virtud de tratados

Conferencia de las Partes en la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático (CMNUCC)La Conferencia de las Partes, el "órgano supremo", fue establecida en virtud del artículo 7 de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático. La Conferencia se reúne anualmente.
De conformidad con el artículo 12 de la Convención, los Estados Partes deben presentar informes de las medidas que están adoptando para implementar la Convención. En el sitio web de la Convención Marco se puede encontrar el texto completo de informes recientes así como directrices para la preparación de estos informes. Los resúmenes de las comunicaciones nacionales de los Estados Partes, publicados bajo la signatura de serie FCCC/NC/-, (por ejemplo, FCCC/NC/1, Resumen de la comunicación nacional de los Países Bajos) se pueden recuperar del sitio web de la Convención MarcoUNBISnet y elSistema de Archivo de Documentos de las Naciones Unidas (SAD). El sitio web de la Convención ofrece información sobre el estado actual de la Convención

Órgano Subsidiario de Asesoramiento Científico y Tecnológico (OSACT)
El Órgano Subsidiario de Asesoramiento Científico y Tecnológico (OSACT) fue establecido en virtud del artículo 9 de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático. Usualmente, el Órgano Subsidiario se reúne paralelamente con el Órgano Subsidiario de Ejecución (OSE) por lo menos dos veces al año.

Órgano Subsidiario de Ejecución (OSE)
El Órgano Subsidiario de Ejecución (OSE) fue establecido en virtud del artículo 10 de laConvención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático. Usualmente, el Órgano Subsidiario se reúne paralelamente con el Órgano Subsidiario de Asesoramiento Científico y Tecnológico (OSACT) por lo menos dos veces al año.

Conferencia de las Partes en calidad de reunión de las Partes en el Protocolo de Kyoto
La Conferencia de las Partes en calidad de reunión de las Partes fue establecida en virtud del artículo 13 del Protocolo de Kyoto para examinar la aplicación del Protocolo. En el sitio web de la Convención Marco se puede encontrar información sobre el estado actualdel Protocolo. La conferencia de las Partes se realiza anualmente. De conformidad con el artículo 7 del Protocolo, las Partes incluidas en el anexo I del Protocolo deben presentar inventarios anuales de gases de efecto invernadero, al igual que comunicaciones nacionales periódicas para demostrar su cumplimiento con el Protocolo. En el sitio web de la Convención Marco se puede encontrar el texto completo de informes de países así como inventarios de gases de efecto invernadero e inventarios nacionales. Las directrices para la preparación de informes están disponibles en el sitio web de la Convención MarcoUNBISnet y el Sistema de Archivo de Documentos de las Naciones Unidas (SAD). Las metas individuales para los Estados incluidos en el Anexo I del Protocolo se encuentran en el anexo B del Protocolo.

Conferencia de las Partes en el Convenio de Viena para la protección de la capa de ozono
La Conferencia de las Partes fue establecida en virtud del artículo 6 del Convenio de Viena para la protección de la capa de ozono para examinar la implementación del Convenio. En el sitio web del PNUMA se puede encontrar información sobre el estadoactual del Convenio. Actualmente, la Conferencia se realiza cada tres años.
De conformidad con los artículos 2, 3, y 4, los Estados Partes en el Convenio deben efectuar investigaciones y evaluaciones científicas e intercambiar información científica, técnica, socioeconómica, comercial y jurídica.
Reunión de las Partes en el Protocolo de Montreal

La Primera Reunión de las Partes fue establecida en virtud del artículo 11 del Protocolo de Montreal para examinar la implementación del Protocolo. En el sitio web del PNUMA se puede encontrar información sobre el estado actual del Protocolo. La reunión se realiza anualmente.
De conformidad con el artículo 7, los Estados Partes del Protocolo deben presentar informes anuales sobre la producción y el consumo de sustancias nocivas para la capa de ozono en sus países. El texto completo de informes recientes así como las guías de preparación de informes están disponibles en la sección Acceso/Presentación de datosdel sitio web del PNUMA.

Conferencia de las Partes en el Convenio de Basilea sobre el control de los movimientos transfronterizos de los desechos peligrosos y su eliminación
La Conferencia de las Partes fue establecida en virtud del artículo 15 del Convenio de Basilea sobre el control de los movimientos transfronterizos de los desechos peligrosos y su eliminación para examinar la implementación del Convenio. El sitio web del Convenio ofrece información sobre el estado actual del Convenio. La Conferencia se ha realizado en intervalos irregulares desde 1992.
De conformidad con el artículo 13, los Estados Partes del Convenio deben presentar informes anuales sobre la producción y movimientos de desechos peligroso. En el sitio web de la Conferencia se puede encontrar el texto completo de informes recientes así como fichas descriptivas de países y directrices para la preparación de informes.

Conferencia de las Partes en el Convenio sobre la Diversidad Biológica
La Conferencia de las Partes fue establecida en virtud del artículo 23 del Convenio sobre la Diversidad Biológica para examinar la implementación del Convenio. El sitio web del Convenio contiene información sobre el estado actual del Convenio. La Conferencia se realiza anualmente.
  • Los documentos de trabajo se publican bajo la signatura de serie UNEP/CBD/COP/-. El texto completo de los documentos está disponible en el sitio web de la Conferencia
  • Los informes de los períodos de sesiones se publican bajo la signatura de serie UNEP/CBD/COP/[reunión]/- (por ejemplo, UNEP/CBD/COP/8/31). Proporcionan resúmenes sobre el trabajo realizado y contienen el texto de las resoluciones y decisiones aprobadas por la Conferencia. El listado completo de estos informes(1994 en adelante) se puede encontrar en la base de datos UN-I-QUE. El texto completo de los informes de los períodos de sesiones está disponible en el sitio web de la Conferencia
  • Los comunicados de prensa para la Conferencia están disponibles en el sitio web del Convenio.
De conformidad con el artículo 26, los Estados Partes del Convenio deben presentar informes sobre las medidas adoptadas para implementar el Convenio y sobre la eficacia de éstas para cumplir con los objetivos del Convenio. El texto completo de informes recientes así como las directrices para la preparación de informes están disponibles en el sitio web de la Conferencia.

Órgano Subsidiario de Asesoramiento Científico, Técnico y Tecnológico

El Órgano Subsidiario de Asesoramiento Científico, Técnico y Tecnológico fue establecido en virtud del artículo 25 del Convenio sobre la Diversidad Biológica para brindar asesoramiento en la implementación del Convenio. El Órgano presenta sus informes a la Conferencia y se ha reunido en intervalos irregulares desde 1995. El texto completo de los documentos de trabajo e informes está disponible en el sitio web delÓrgano Subsidiario. Los comunicados de prensa para el Órgano Subsidiario se pueden encontrar en la sala de prensa del Convenio sobre la Diversidad Biológica.
   Documentación sobre el medio ambiente

En la base de datos UNBISnet se puede identificar un listado más completo de documentos y publicaciones sobre asuntos del medio ambiente. UNBISnet proporciona enlaces al texto completo de documentos recientes. Algunos términos útiles para realizar búsquedas por materias son: sustainable development (desarrollo sostenible); forests(bosques); biological diversity (diversidad biológica); environment (medio ambiente);development (desarrollo); oceans (océanos); law of the sea (derecho del mar); marine resources (recursos marinos); climate change (cambio climático); ozone-depleting substances (sustancias nocivas para el ozono); acid rain (lluvia ácida); developing island countries (países insulares en desarrollo); renewable energy sources (fuentes de energía renovables); etc. Se pueden identificar más descriptores usando el Tesauro UNBIS. Igualmente, se pueden usar nombres propios al realizar búsquedas por materia, por ejemplo, UN Forum on Forests (Foro de las Naciones Unidas sobre los Bosques); Convention on the International Trade in Endangered Species of Wild Fauna and Flora (Convención sobre el comercio internacional de especies amenazadas de fauna y flora silvestre).



domingo, 16 de febrero de 2014

cambio climatico

Prensa Latina
El cambio climático centra la visita de John Kerry a Indonesia
El secretario de Estado norteamericano, John Kerry, pronunciará hoy en Yakarta un discurso sobre los peligros del cambio climático al comienzo de ...
Google PlusFacebookTwitterMarcar como no importante
LaRepública.pe
EEUU y China acuerdan abordar juntos el cambio climático
China y Estados Unidos, los dos mayores emisores de gases de efecto invernadero, prometieron el sábado que trabajarán juntos para atenuar los ...
Google PlusFacebookTwitterMarcar como no importante
LaRepública.com.co
PARAGUAY: El cambio climático hace estragos en el agro colombiano
Agronegocios / Bogotá_ No cabe duda de que la mano del hombre ha precipitado profundos cambios ambientales durante los últimos 50 años.
Google PlusFacebookTwitterMarcar como no importante
John Kerry hablará en Indonesia sobre el cambio climático
El secretario de Estado norteamericano, John Kerry, pronunciará en Yakarta un discurso sobre los peligros del cambio climático al comienzo de su ...
Google PlusFacebookTwitterMarcar como no importante
Péndulo de Chiapas
Cambio climático afecta a productores de flores
San Cristóbal de Las Casas.- Floreros de esta ciudad dieron a conocer que a consecuencia de las cuestiones climáticas de esta región, han optado ...
Google PlusFacebookTwitterMarcar como no importante
La deforestación es una amenaza mayor que el cambio climático
"Los impactos de la deforestación pueden ser mucho más grandes que los impactos del cambio climático, y por ello procesos para frenar la ...
Google PlusFacebookTwitterMarcar como no importante
«No podemos relacionar aún estos temporales con el cambio climático»
-En principio, el último informe del Panel Intergubernamental del Cambio Climático habla de una mayor frecuencia de estos fenómenos, pero para ...
Google PlusFacebookTwitterMarcar como no importante
PerúPuntoCom
Esperanza mundial:EUA y China combatirán el calentamientoclimático.
El presidente Barack Obama, por su parte, propuso el viernes una inversión de 1.000 millones de dólares para mitigar el cambio climático en Estados ...
Google PlusFacebookTwitterMarcar como no importante
El Diario de Yucatán
En busca de un futuro mejor
Cada vez son más devastadores los efectos del cambio climático en el mundo, que se dejan sentir incluso en la Península, aunque sus ...
Google PlusFacebookTwitterMarcar como no importante
Europa Press
El Govern presenta la versión 2.1 del Bioatlas de Baleares
Para conmemorar su 10º aniversario, la directora general de Medio Natural, Educación Ambiental y Cambio Climático, Neus Lliteras, ha otorgado las ...
Google PlusFacebookTwitterMarcar como no importante
BLOGS
Casa Blanca compromete mil mdd para cambio climático | El Financiero
Lo último  Andrés Nolasco
El fondo es parte de un enfoque más amplio para lidiar con el cambio climático que Obama esbozó en su Plan de Acción Climática en junio pasado.
Google PlusFacebookTwitterMarcar como no importante
EEUU y China acuerdan abordar juntos el cambio climático | Agro Negocios
Agro Negocios  admin
China y Estados Unidos, los dos mayores emisores de gases de efecto invernadero, prometieron el sábado que trabajarán juntos para atenuar los ...
Google PlusFacebookTwitterMarcar como no importante
PD :: El cambio climático impactará en la producción de granos
México, Distrito Federal.- El cambio climático podría reducir la producción de algunos productos de grano para 2050, como maíz, arroz y trigo, reveló ...
Google PlusFacebookTwitterMarcar como no importante
La Casa Blanca promete 1.000 millones de dólares para hacer frente al cambio climático
El fondo prometido por el mandatario forma parte de un enfoque más amplio para hacer frente al cambio climático que Obama delineó en su Plan de ...
Google PlusFacebookTwitterMarcar como no importante

El nuevo Código Penal busca proteger el ambiente

 Amplía las conductas consideradas como contaminantes y pena el daño a la flora y a la fauna silvestres. Una especialista cordobesa tiene dudas sobre su efectividad.

 Por Lucas Viano

Si se aprueba tal cual está, el nuevo Código Penal argentino incluirá por primera vez delitos contra el ambiente.

A prisión. Si se aprueba el nuevo Código Penal, las personas que desmonten podrán ir a prisión hasta por tres años (Pedro Castillo / Archivo).
-El título XI del nuevo texto se llama “Delitos contra el ambiente", la fauna y la flora. 

El jueves, la presidenta Cristina Fernández de Kirchner recibió el anteproyecto de la mano de los juristas encargados de redactarlo.

 En la presentación, los autores explican que este apartado ambiental concuerda con lo que establece la Constitución Nacional en su artículo 41º, y con las diferentes convenciones y declaraciones ambientales a las que Argentina adhirió.

 El primer artículo de este título (al 204º de todo el Código Penal) se refiere a la contaminación. Esta palabra, ahora tan frecuente, no figura en el actual Código Penal, por lo que representa una novedad.

Una figura parecida en el código vigente es el artículo 200, el cual se refiere al envenenamiento o adulteración de agua potable, sustancias alimenticias o medicinales con riesgo para la salud

En el proyecto, el daño penado se extiende más allá de la salud humana. Incluye aquellas acciones de polución del agua, aire y tierra que provoquen un “grave riesgo para la salud humana, de mortandad de animales o de alteración o destrucción significativa de la flora”

 En la actualidad, la ley de residuos peligrosos (24.051) reprime con las mismas penas establecidas en el artículo 200 del Código Penal al que contaminare “de un modo peligroso para la salud, el suelo, el agua, la atmósfera o el ambiente en general” con los residuos designados como peligrosos por esta norma.

 Si se aprueba, el nuevo Código Penal también penará la contaminación con residuos no peligrosos; por ejemplo, los residuos industriales.

 La pena por contaminación va de tres a ocho años y se agrava por diferentes motivos. Por ejemplo, cuando la contaminación tornara impropia la ocupación humana de un sitio, impidiera el uso público de cuerpos de agua o provocara el desplazamiento de una población.

Finalmente, otorga un máximo de 30 años de prisión (la pena máxima prevista por el anteproyecto) cuando la contaminación produjera muerte o lesiones gravísimas a una o más personas.

Crítica

Alicia Morales Lamberti, especialista en Derecho Ambiental y docente de la Universidad Nacional de Córdoba, sugiere que el texto podría no ser efectivo

“Parece que se ha optado por la protección de ciertos microbienes que integran la noción de ambiente natural (excluido el ambiente social o construido), incluyendo recursos naturales como agua, suelo y aire, mediante la punición de conductas de contaminación de esos bienes”, explica.

Y agrega: “En definitiva, la tutela está dirigida a un bien jurídico tradicional, ya consagrado en el actual código: la salud pública. Aunque ahora incluye también la protección de bienes ambientales como la flora y fauna silvestres”.

 Morales Lamberti también cree que se terminan prohibiendo las conductas que “encierran un disvalor apreciable o un daño intolerable para el bien jurídico”. Por ejemplo, para penarla, la acción de contaminar deberá tener aptitud para generar “grave peligro” para la salud humana, de mortandad de animales o de alteración o destrucción significativa de la flora.

 Por otro lado, Morales Lamberti no coincide en que hay que penar la contaminación sólo cuando hay “violación de leyes o reglamentos”, como indica el artículo 200 del proyecto.

“Está claro que no necesariamente el cumplimiento de determinada reglamentación significa que se obró conforme a derecho”, comenta. Y agrega: “En materia ambiental, es frecuente que, pese a un estricto cumplimiento de la reglamentación, se genere un riesgo o un peligro grave de bienes ambientales”, explica. --
 Además, según la especialista, muchas veces adecuarse a las actuales leyes ambientales no es sinónimo de no contaminar. “Esto, debido a que las normas que regulan estándares ambientales (límites de emisiones, vertidos y otros) generalmente son obsoletas e inadecuadas a los nuevos riesgos, o bien, directamente, dichos estándares técnicos no existen”.

Sin novedades en el maltrato animal Ley Benítez. En la actualidad, el maltrato y los actos de crueldad hacia los animales están penados de acuerdo con la ley 14.346 o “ley Benítez”, de 1954.

Anteproyecto.
-
 El nuevo proyecto incorpora este texto al Código Penal sin modificaciones, aunque se aumenta la pena máxima a dos años de prisión.

 Crítica. “No se perfecciona ni actualiza el articulado de la ley 14.346 a los fines de adecuarlo a nuevas prácticas de espectáculos públicos, como la jineteada, justificadas en la ‘tradición’”, comenta Morales Lamberti.

Reclamo. Desde algunos sectores proteccionistas, incluso reclaman que se les concedan algunos derechos a ciertos animales, como gorilas y chimpancés.

Incendios penados

 El incendio intencional no figura como delito ambiental, sino que sigue en la categoría de estrago (daño de grandes proporciones) y se cataloga como un delito contra la seguridad pública.

 MÁS INFORMACIÓN 
 El texto original de este artículo fue publicado el 16/02/2014 en nuestra edición impresa.

Ingrese a la edición digital para leerlo igual que en el papel.


EDICIÓN IMPRESA

El texto original de este artículo fue publicado el 16/02/2014 en nuestra edición impresa. Ingrese a la edición digital para leerlo igual que en el papel.

 VER MÁS

Entradas (Spots) del Blog